Querid@s amig@s de La Nevera:
La Orden 1047/2020, de 5 de septiembre de la Comunidad de Madrid, publicada en el BOCM del 7 de septiembre de 2020, establece en su punto 11:
“Once.—Se modifica el punto 2 del apartado cuadragésimo sexto, que queda redactado de la siguiente forma:
«2. Se podrá realizar actividad físico-deportiva en centros e instalaciones deportivos de interior, de forma individual o en grupos, siempre que no se supere el setenta y cinco por ciento del aforo máximo permitido de la instalación o del espacio donde se desarrolle la actividad. En el caso de la práctica deportiva en grupos, estos deberán distribuirse en subgrupos
dentro del espacio en que dicha práctica se realice. Estos subgrupos contarán con un máximo de 10 personas, todos ellos sin contacto físico, debiendo garantizarse una distancia de, al menos, 3 metros lineales entre cada subgrupo.
El uso de mascarilla será obligatorio en cualquier tipo de actividad física en interior salvo donde se realice la actividad limitada por mamparas individuales».
Las conclusiones para nuestra instalación son las siguientes:
- Patinaje artístico: obligatoria mascarilla en todo momento en cualquier situación dentro del centro deportivo.
- Patinaje sincronizado: amoldar a normativa los entrenamientos. Máximo subgrupos de 10, separados por 3 metros lineales.
- Hockey: amoldar a normativa los entrenamientos. Máximo subgrupos de 10, separados por 3 metros lineales.
- Sesiones públicas: obligatoria mascarilla en todo momento
La Orden está disponible pinchando AQUÍ.
Muchas gracias a tod@s por la comprensión y la colaboración.